Directiva de Eficiencia Energética en los Edificios: claves para las empresas instaladoras
Tras varios años en revisión, el pasado 20 de septiembre se publicó en el Diario de la Unión Europea la modificación de la Directiva de Europea de Eficiencia Energética en los Edificios, un texto que entrará en vigor hacia el 10 de octubre y cuyo articulado considerado «de mínimos» deberán trasponer los Estados Miembro en un plazo de dos años. Así, España deberá hacerlo antes del 1 de octubre de 2024.
De gran importancia para el sector de las instalaciones técnicas, la nueva directa introduce una serie de medidas para ayudar a acelerar la eficiencia energética, incluida la adopción del principio de «primero, la eficiencia energética» en las políticas energéticas y no energéticas.
Respecto a las anteriores directivas, el nuevo texto establece un objetivo jurídicamente vinculante de la UE para reducir el consumo final de energía de la UE en un 11,7 % para 2030 (en relación con el escenario de referencia de 2020). Esto incluye, para cada Estado miembro, el requisito de fijar su contribución nacional indicativa sobre la base de criterios objetivos que reflejen las circunstancias nacionales. Para lograr este objetivo, se establecen una serie de requisitos que afectan a diversos sectores, como el de las instalaciones térmicas.
En concreto, la Confederación Nacional de Instaladores, CNI, que asegura estar ya preparada para trabajar en el Comité de modificación del RITE y del CTE, ha resumido algunos de los puntos de la nueva revisión de interés para las empresas instaladoras, a las que recomienda «adelantarse, ir preparándose, aprovechar todas las ayudas financieras a empresas y delegar la gestión empresarial y el plan de negocio en profesionales preparados». Y es que, en su opinión, y en «términos prácticos», para estas empresas «se abre un periodo difícil de al menos siete años de adaptación, hasta 2030, que va a suponer, más trabajo, más exigencia de conocimientos técnicos del negocio y digitales de gestión empresarial, menos tiempo para formarse y menos posibilidad de contratar personal».
Las claves para estas empresas según CNI son:
- Aumenta la obligación de ahorro de energía 1,3% a 1,9% anual hasta 2030.
- Obliga a renovar al menos el 3% anual de la superficie de edificios públicos de > 250m2 con calefacción y/o refrigeración.
- Serán obligatorios sistemas de medición, control y verificación obligatorios.
- Obligatorio sistema de gestión energético y/o auditoría energética en empresas de consumo > 10 Tj.
- Obligatorio sistema de ventanillas únicas y red de expertos oficiales para asesoramiento energético.
- Nuevos criterios de eficiencia en sistemas urbanos de calefacción y refrigeración (ver art. 26 en la página 61).
- Obligación de que cada Estado garantice suficientes profesionales cualificados para la demanda de trabajo existente.
- Campaña publicitaria de la UE para atraer jóvenes a la profesión (una petición constante de CNI al Ministerio y otros medios que ha hallado eco).



