El Gobierno mantiene vigentes las medidas fiscales encaminadas a contener las subidas del precio de la luz

El Gobierno mantiene vigentes las medidas fiscales encaminadas a contener las subidas del precio de la luz

Las medidas aprobadas por el Gobierno en junio y septiembre, encaminadas a contener la incesante escalada en los precios  de la energía continuarán vigentes, tras haber aprobado el Consejo de Ministros esa continuidad en las reducciones fiscales sobre la electricidad y los descuentos del bono social. De esta manera, el tipo del IVA seguirá al 10% para los pequeños consumidores, el tipo del IEE se quedará al 0,5% durante el primer cuatrimestre de 2022 y el Impuesto al 7% a la generación eléctrica estará suspendido en el primer trimestre

Además, entre otras medidas de apoyo, el Ejecutivo ha aprobado reducciones fiscales sobre los tributos locales para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, ha facilitado que las empresas industriales hagan autoconsumo compartido, y ha aumentado los plazos intermedios de la tramitación de nuevas instalaciones de renovables. Con este plan de choque, el Gobierno espera contener el impacto de las cotizaciones internacionales del gas, que se repercuten en el precio mayorista de la electricidad.

El Real Decreto-ley contempla la continuidad medias fiscales durante el primer cuatrimestre del año, con un Impuesto sobre el Valor añadido (IVA) que se mantendrá al 10% en la factura eléctrica de los consumidores con hasta 10 kW de potencia contratada, siempre que el precio medio mensual del mercado mayorista del mes anterior sea superior a 45 €/MWh.

Por otro lado, el Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE) seguirá vigente hasta el 30 de abril en el 0,5%, el mínimo autorizado por la normativa europea, mientras que el Impuesto que grava con un 7% el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica (IVPEE), al devengarse trimestralmente, permanecerá suspendido hasta el 31 de marzo.

Estas reducciones fiscales permitirán obtener unos ahorros de 2.000 millones de euros a los 27,7 millones de hogares, autónomos y empresas afectadas, puesto que el 72,5% de los suministros de empresas y negocios también se benefician de la rebaja del 10% del IVA.

Asimismo, el Ejecutivo también mantendrá hasta que finales de abril los descuentos extraordinarios del bono social del 60% para los consumidores vulnerables –normalmente es un 25%– y del 70% para los vulnerables severos, habitualmente en el 40%. También se les aplicará el 10% de IVA con independencia del precio del mercado mayorista.

  

Impulso a la recarga para vehículos eléctricos

El Decreto incluye medidas de fomento de la movilidad eléctrica, entre ellas las fiscales para nuevas infraestructuras de recarga. Así, los ayuntamientos podrán aplicar bonificaciones hasta el 50% del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), hasta el 50% en la Cuota Municipal en locales afectos a actividad económica y hasta el 90% del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).

Los edificios no residenciales privados y los parkings no adscritos a edificios tendrán que instalar puntos de recarga cuando tengan más de 20 plazas de aparcamiento antes del 1 de enero de 2023, de un modo proporcional al número de plazas. Con carácter general, dispondrán de una estación de recarga por cada 40 plazas o fracción, hasta 1.000 plazas –en el caso de la Administración General del Estado, serán 20 plazas hasta 500 plazas– y una estación más por cada 100 plazas o fracción.

El objetivo es alcanzar una red de recarga solvente –unos 100.000 puntos en 2023–, por eso la instalación de los puntos de recarga queda eximida de la obtención previa de las licencias de obras, de funcionamiento o de actividad, de carácter medioambiental o similares; bastará una simple declaración responsable del titular.

También se facilita la implantación de puntos de recarga en los terrenos circundantes a las carreteras del Estado, con vistas a su instalación masiva en las estaciones de servicio. Y se incorpora al ordenamiento jurídico un régimen sancionador para las distribuidoras de electricidad en casos de incumplimiento de plazos a la hora de facilitar información sobre las condiciones técnico-económicas de la instalación de puntos.

 

Fomento del autoconsumo

Asimismo, el documento contempla que, para agilizar las instalaciones de autoconsumo, todos los proyectos menores de 100 kW quedan eximidos de presentar garantías económicas para tramitarse. Además, las compañías distribuidoras deberán disponer de canales de comunicación abiertos –como un número de teléfono gratuito o una dirección electrónica– para atender consultas y obtener información relativa a los expedientes de acceso a la red de instalaciones de autoconsumo. Al igual que con la recarga eléctrica, el RDL actualiza el régimen sancionador para evitar retrasos en los procesos de tramitación y alta de las instalaciones.

Con el objetivo de potenciar el autoconsumo para grandes consumidores, se extiende la posibilidad de realizar autoconsumo compartido–varios autoconsumidores se benefician de una única instalación– a través de la red de alta tensión (hasta ahora sólo se autorizaba en baja tensión).