El PREE destinará 300 millones para la rehabilitación energética de viviendas

El PREE destinará 300 millones para la rehabilitación energética de viviendas

El Programa de Rehabilitación Energética de Edificios (PREE) destinará 300 millones de euros para ayudas directas a actuaciones de mejora de la eficiencia energética en edificios construidos antes de 2007, como se recoge en el Real Decreto 737/2020 aprobado por el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), el pasado 4 de agosto y publicado en el BOE el 6 de agosto. Se subvencionarán actuaciones como el  cambio de la envolvente térmica o la sustitución de antiguas calderas por opciones renovables, como la termosolar o la geotérmica.

 

El programa, que será coordinado por el IDAE, contempla un mayor porcentaje de ayuda para los consumidores vulnerables y  se alinea con las políticas de reactivación económica frente el COVID-19 de la Unión Europea, centradas en la transición energética y la digitalización, generando un efecto incentivador sobre la generación de empleo y actividad económica en el sector de la construcción, así como los vinculados a la puesta en marcha de instalaciones eléctricas y térmicas. Contribuye también a la consecución del Plan Nacional de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030, que planifica una senda de descarbonización para que, a final de esta década, el 74% del sistema eléctrico sea de origen renovable; y con la Estrategia a Largo Plazo (ELP), actualmente en trámite de consulta pública, que marca la senda para que España alcance la neutralidad climática en 2050.

 

 

Ambos documentos señalan la necesidad de actuar en el parque de edificios, que en la actualidad supone un 30% de la energía final consumida en el país, para lograr que sea plenamente sostenible a mediados de siglo. Esta “ola de rehabilitación” generará, según estimaciones del PNIEC, unos 48.000 empleos anuales netos entre 2021 y 2030.

Gestión autonómica

Partiendo de las  bases reguladoras aprobadas en el decreto de 4 de agosto, corresponde a las comunidades autónomas realizar y publicar su respectiva convocatoria de ayudas, a las que podrán presentarse:  comunidades de propietarios, comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía; propietarios individuales de edificios, sean personas físicas o jurídicas; agrupaciones de propietarios de edificios; empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios; empresas o proveedores de servicios energéticos; y entidades locales.

Cada región marcará la fecha límite de presentación de solicitudes en su respectiva convocatoria, no excediendo en ningún caso del 31 de julio de 2021.

El presupuesto del PREE (300 millones), que proviene del Fondo Nacional de Eficiencia Energética, se  distribuirá entre las regiones según el criterio objetivo de número de primeras viviendas recogidas en el censo de población del Instituto Nacional de Estadística (ver gráfico).  Este presupuesto podrá ser ampliado tanto con nuevas asignaciones del Fondo de Eficiencia Energética como de otros instrumentos de financiación que adjudiquen partidas al IDAE.

Tres tipologías de actuaciones

En concreto, las actuaciones subvencionables por PREE corresponden a tres tipologías:

  • Mejora de la envolvente térmica del edificio.
  • Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas (calefacción, climatización o producción de acs), con alternativas como:

. Sustitución energía convencional por energía solar térmica.

. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica.

. Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.

. Mejora de la eficiencia energética de otros subsistemas de generación como la bomba de calor.

Mejora de la eficiencia energética de subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas. En este punto se incluyen sistemas de domótica, sistemas de monitorización y otros sistemas digitales que permitan una mejor gestión y la reducción del consumo energético del edificio.

  • Mejora de las instalaciones de iluminación

Las actuaciones deberán realizarse sobre un edificio de viviendas; un edificio de vivienda unifamiliar o un edificio con uso diferente al de vivienda, como pueden ser el sanitario, administrativo, docente o cultural. Excepcionalmente, en atención a la tipología edificatoria o a las características climáticas, las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla podrán considerar subvencionables las actuaciones sobre una o varias viviendas o locales del mismo edificio, consideradas individualmente o sobre partes de un edificio. Los solicitantes deberán acreditar que la rehabilitación para la que solicitan subvención mejorará la calificación energética total del edificio en, al menos, una letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2 /m2 año), con respecto a la calificación energética inicial del edificio.

La cuantía de las ayudas será del 35% del coste de la actuación, salvo en el caso de las mejoras de eficiencia energética en instalaciones de iluminación, en los que la ayuda será del 15%. En caso de que se opte por subvencionar rehabilitaciones en viviendas individuales, el porcentaje será del 25% en el caso de envolventes e instalaciones térmicas, y del 15% en actuaciones de iluminación.

Consumidores vulnerables y mayor eficiencia

No obstante, en el caso de  los  consumidores acreditados como vulnerables y que sean beneficiarios del bono social verán incrementados los porcentajes de ayuda en un 15%.

De igual modo, PREE aplica un 15% de mejora en el porcentaje de ayudas para las actuaciones que se realicen en edificios de vivienda que se encuentren acogidos a algún régimen de protección pública y aquellos que se ubiquen en Áreas de Regeneración y Renovación Urbanas o Rurales.

Por otro lado, y para potenciar la constitución de comunidades de energías renovables o las comunidades ciudadanas de energía, estas figuras tendrán derecho a ayuda adicional en función del gasto subvencionable, llegando al 20% adicional en caso de la mejora de envolvente térmica.

El programa contempla también, con el objeto de incentivar aquellas actuaciones más eficientes, una mejora para las solicitudes que eleven la calificación energética del edificio hasta la etiqueta energética «A» o «B», en la escala de CO2, o bien, incrementen en dos letras la calificación energética de partida.

En esta misma línea, también se incentivan las actuaciones integradas, que acometan mejoras en dos  o más tipologías. En este caso, la mejora sobre el porcentaje inicial será como máximo del 20%. Para acceder a ella, el PREE establece condiciones: de un lado, una de las mejoras debe ser sobre la envolvente térmica y ha de suponer una disminución mínima de la demanda global de calefacción y refrigeración del 30%; y, de otro, esta medida tiene que combinarse con otra actuación sobre la instalación térmica que suponga, al menos, la sustitución del 60% de la potencia de generación térmica existente o, en el caso de los edificios de uso diferente a la vivienda, con mejoras sobre la iluminación que impliquen una mejora de la eficiencia energética de al menos el 25% de la superficie iluminada.

En cualquier caso, una de las tipologías de actuación podrá ser sustituida por la realización de una instalación solar fotovoltaica o de otra tecnología renovable de generación eléctrica, con o sin acumulación, destinada al autoconsumo del edificio cuando su potencia instalada sea como mínimo del 10% de la potencia eléctrica contratada.