Madrid financia la reforma de viviendas vacías a propietarios que las integren en el programa ReViVa
El Ayuntamiento de Madrid, a través de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid (EMVS Madrid), adelanta hasta 45.000 euros al 0 % de interés a todos aquellos pisos adscritos al Programa ReViVa que necesiten reforma. Este programa, impulsado por la empresa municipal, tiene el objetivo de mejorar la oferta de vivienda de alquiler asequible en la capital. Para ello, los propietarios ceden su vivienda en usufructo a EMVS Madrid durante un periodo de tiempo determinado, con todas las garantías y cobrando la renta acordada, esté alquilado o no el inmueble.
Este programa “permite al Ayuntamiento de la capital recuperar las viviendas vacías y ponerlas en circulación como alquiler asequible”, ha indicado el delegado de Políticas de Vivienda y presidente de EMVS Madrid, Álvaro González.
En el caso de los inmuebles que necesitan obras, EMVS Madrid adelanta el coste de las mismas hasta 45.000 euros al 0 % de interés y se hace cargo del IVA. Este anticipo se descuenta poco a poco de la renta mensual que percibe el propietario de la vivienda, por lo que este logra mejorar y modernizar su piso sin sufrir las complicaciones y molestias que suelen derivar de ese proceso. La cantidad a descontar se establece teniendo en cuenta la duración del contrato de usufructo: desde un mínimo de cinco años hasta un máximo de diez.
Requisitos del programa ReViVa
A través de este plan, la empresa municipal realiza una gestión integral, que incluye todos los trámites administrativos y jurídicos y permite que el propietario se despreocupe totalmente de las gestiones desde el momento que firma la cesión, con la garantía del Ayuntamiento de Madrid. EMVS Madrid también se hace cargo de los gastos de la comunidad de propietarios, del seguro de hogar, de las reparaciones ordinarias y del IBI.
El programa ReViVa resulta una buena opción para viviendas heredadas o para personas mayores que se trasladan a una residencia y no quieren vender su casa, pero sí contar con un ingreso extra. También lo es para aquellos propietarios que quieran alquilar, pero tengan miedo a afrontar impagos de inquilinos.
La vivienda debe cederse en usufructo a la empresa municipal un mínimo de cinco años y está limitado a cinco el número de pisos que puede ofrecer cada interesado, si bien este límite no aplica si los inmuebles que se aportan son las denominadas viviendas de uso turístico.
Respecto a los inquilinos, deberán tener unos ingresos ponderados de entre 3 y 5,5 veces el IPREM, se beneficiarán de precios entre un 15 y un 20 % por debajo del mercado y nunca pagarán más del 30 % de su salario. Además, EMVS Madrid concederá una ayuda económica a menores de 35 años, mayores de 65 años, personas con discapacidad igual o superior al 33 %, familias con hijos menores de 25 años dependientes económicamente, familias con hijos dependientes económicamente a su cargo —cualquiera que sea su edad— con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % y personas separadas o divorciadas con hijos que acrediten esta circunstancia mediante actas notariales o sentencias dictadas en procesos de separación o divorcio.
El importe máximo de la ayuda para el pago del alquiler de vivienda, 900 euros, se concederá si se cumplen dos de las siguientes circunstancias especiales: familias numerosas, familias monoparentales, personas con discapacidad igual o superior al 65 %, familias con personas dependientes a su cargo de dependencia grado III, víctimas de terrorismo o víctimas acreditadas de violencia de género o de violencia en el ámbito de la pareja o expareja.