Existen diferentes posibilidades de financiación y el procedimiento de gestión de posibles SUBVENCIONES. Entre las existentes, se relacionan a continuación:

 

  • ITEs: Sólo subvención municipal
  • IEE: En el Real Decreto 233/2013 por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016 se incluye un programa de apoyo a la implantación del Informe de evaluación de los edificios en el que se reflejan las siguientes ayudas:Las ayudas consisten en una subvención que cubra parte de los gastos de honorarios profesionales por la emisión de el IEE Informe de Evaluación de los Edificios, equivalente a una cantidad máxima de 20 euros por cada una de las viviendas de las que conste el edificio, y una cantidad máxima de 20 euros por cada 100 m2 de superficie útil de local, 500 euros como máximo, sin superar el 50% del coste del informe por edificio.Para la obtención de la ayuda, se debe presentar el Informe de evaluación del edificio IEE, con los contenidos que figuran en el modelo de IEE. Deberá aportarse también la correspondiente factura de honorarios, original o copia, emitida por el profesional que hubieren realizado el informe. El informe debe contener, de manera detallada, los aspectos relacionados en modelo de IEE aportado en el Real Decreto en relación con el análisis del estado de conservación del edificio, la determinación de si el edificio es susceptible o no de incorporar ajustes razonables en materia de accesibilidad y la certificación de la eficiencia energética. Cuando, en el municipio o en la Comunidad Autónoma en que se sitúa el edificio objeto de este informe, exista normativa que desarrolle un modelo propio de Inspección Técnica de Edificios, o instrumento análogo, que incluya todos los aspectos que forman parte del modelo de IEE, se admitirá dicho modelo en sustitución de éste, siempre que esté suscrito por técnico competente. En los casos en que la información que aporten sólo responda parcialmente al modelo de IEE, se incorporará directamente y se cumplimentará el resto.
  • Rehabilitación dispersa (Edificios Aislados): Subvenciones estatales y autonómicas
  • Rehabilitación Integral (ARIs): Subvenciones estatales, autonómicas y municipales
  • Accesibilidad: Sólo subvenciones autonómicas (ahora también subvenciones estatales según nuevo plan de vivienda 2013 – 2016 )
  • Planes RENOVE : Subvenciones estatales y autonómicas
  • Eficiencia energética y mejora acústica; Subvenciones municipales (ahora también subvenciones estatales según nuevo plan de vivienda 2013 – 2016)

 

Resumen de las diferentes medidas de ayudas y financiación aprobadas en el nuevo Plan de Vivienda:

  • Para el Fomento de la rehabilitación de inmuebles: Para los inmuebles con una antigüedad anterior a 1981 y al menos el 70% de su superficie debe tener uso residencia de vivienda. Se aprueban ayudas de hasta 4.000 euros por vivienda por conservación, hasta 2.000 euros por vivienda para la mejora de la eficiencia energética y hasta 4.000 euros para mejorar la accesibilidad. El límite por vivienda será de 11.000 euros.
  • Para conseguir Ciudades más Sostenibles: Se establecen ayudas para el fomento de ciudades sostenibles y competitivas, a través de la mejora de barrios, centros y cascos históricos, sustitución de infraviviendas y zonas turísticas. Ayudas de un 40% del presupuesto, con un tope de hasta 11.000 euros por casa rehabilitada, de hasta 30.000 euros por construida en sustitución de otra demolida y de hasta 2.000 euros por vivienda para la obra de urbanización.
  • Al alquiler: Los beneficiarios de las ayudas al alquiler serán las personas con un límite de ingresos inferior a tres veces el IPREM, modulable según el número de miembros y composición de la unidad de convivencia, lo que asegura que accedan a la ayuda las familias más necesitadas. Es decir, se ofrecerán ayudas de hasta el 40% al alquiler para quien gane menos de 1.500 euros.

Programa de Ayudas para la Rehabilitación Energética de Edificios existentes del sector Residencial (uso vivienda y hotelero) del IDAE

Con el fin de promover actuaciones integrales que favorezcan la mejora de la eficiencia energética y el uso de energías renovables en el parque de edificios existentes del sector residencial, así como cumplir con el artículo 4 de la Directiva 2012/27/UE, relativa a la eficiencia energética, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), pone en marcha un programa específico de ayudas y financiación, dotado con 125 millones de euros. Su publicación el pasado 1 de octubre en el BOE hace que el plan arranque desde ese momento.

 

Las actuaciones deberán encuadrarse en una o más de las tipologías siguientes:

  • Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
  • Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación.
  • Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
  • Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas.

 

Las actuaciones objeto de ayuda deben mejorar la calificación energética total del edificio en, al menos, 1 letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año), con respecto a la calificación energética inicial del edificio. Esta mejora de su calificación energética podrá obtenerse mediante la realización de una tipología de actuación o una combinación de varias.

 

Podrán ser beneficiarios de las ayudas de este Programa:

a. las personas físicas y jurídicas propietarias de edificios de uso residencial (de uso hotelero y de uso vivienda).
b. las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.
c. los propietarios de viviendas unifamiliares o los propietarios únicos de edificios de viviendas que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
d. las empresas de servicios energéticos.

 

El tipo de ayuda dependerá del tipo de actuación, así:

  • Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica, se ayudará bajo la modalidad combinada de entrega dineraria sin contraprestación y préstamo reembolsable.
  • Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación, se ayudará bajo la modalidad de préstamo reembolsable.
  • Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas, se ayudará bajo la modalidad de préstamo reembolsable.
  • Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas, se ayudará bajo la modalidad de préstamo reembolsable.

 

Los préstamos reembolsables tendrán las condiciones siguientes:

  • Tipo de interés: Euribor + 0,0 %
  • Plazo máximo de amortización de los préstamos: 12 años (incluido un período de carencia opcional de 1 año)
  • Garantías: aval o contrato de seguro de caución por importe del 20% de la cuantía del préstamo.
  • Plazos de presentación de las solicitudes: Las ayudas podrán solicitarse durante el periodo comprendido entre el día siguiente de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Estado (2/10/2013) y el 30 de octubre de 2015.

 

Las solicitudes para la participación se efectuarán conforme al formulario que está disponible en biblioteca.

Carga de datos y documentación para solicitud de ayuda

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