Se suspende el plazo inicial de seis meses de aplicación voluntaria del CTE por el Covid-19

Se suspende el plazo inicial de seis meses de aplicación voluntaria del CTE por el Covid-19

El plazo de seis meses de aplicación voluntaria del Real Decreto 732 /2019, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, se suspende tras la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, informa el Ministerio de Transporte, Movilidad y Agencia Urbana (Mitma). Ahora, a este plazo de aplicación voluntaria, cuya fecha de finalización original era el 27 de junio de 2020, hay que añadir el periodo (en días naturales) correspondiente a la duración del estado de alarma.

De esta forma, aquellas obras para las que se hubiera obtenido licencia antes del 14 de marzo de 2020 y cuyos proyectos no estuvieran adaptados al Real Decreto 732/2019, deberán comenzar en el plazo previsto en la propia licencia más el periodo correspondiente a la duración del estado de alarma, o en defecto de previsión, en el plazo de seis meses desde el otorgamiento de la licencia más el periodo correspondiente a la duración del estado de alarma. En caso contrario deberán adaptar sus proyectos a las modificaciones del CTE aprobadas en el Real Decreto 732/2019.

En cuanto a las obras para las que se hubiera solicitado licencia antes del 14 de marzo de 2020 y esta licencia aún no se hubiera obtenido y cuyos proyectos no estuvieran adaptados al Real Decreto 732/2011, obtendrán dichas licencias una vez finalizado el estado de alarma, como consecuencia de la suspensión de plazos de los procedimientos administrativos vigente durante este periodo. Estas obras deberán comenzar en el plazo previsto en la propia licencia, o en defecto de previsión, en el plazo de seis meses desde el otorgamiento de la misma. En caso contrario deberán adaptar sus proyectos a las modificaciones del CTE aprobadas en el Real Decreto 732/2019.